Nuevas actualizaciones
Menú
Publicaciones recientes

Sanciones por incumplir la obligación de con la factura electrónica

Verifica la forma de expedir la factura electrónica
y evita sanciones de la DIAN.

Desde multas económicas hasta el cierre del establecimiento, las empresas obligadas que no expidan facturas electrónicas podrían ser sancionadas por la Dirección General de Impuestos Nacionales.

La DIAN determinó que los contribuyentes o sectores, previa consideración de su capacidad económica, serán los obligados a adoptar los sistemas técnicos para el control de las obligaciones tributarias.

En caso de que los obligados a la implementación del sistema de factura electrónica no adopten el nuevo sistema o infrinjan los controles establecidos por la DIAN, se procederá con lo establecido por el artículo 657 del Estatuto Tributario.

En consecuencia, cuando un contribuyente no expida factura de forma electrónica o documento equivalente estando obligado a ello, se le impondrá la sanción de:

Clausura o cierre del establecimiento

Omitir información como el NIT, nombre y apellido o razón social tanto del vendedor como del adquiriente de bienes y servicios es motivo para que la DIAN efectué sanciones contra cualquier comercio, oficina, consultorio o sitio donde se ejerza la actividad, profesión u oficio, mediante la imposición de sellos oficiales con la leyenda “CERRADO POR EVASIÓN” por un término de tres días.

Entre otras acciones sancionables mencionadas en el artículo 657 del Estatuto Tributario se encuentran:

  • Falta de descripción del bien o servicio
  • Ausencia de numeración consecutiva de facturas de venta
  • Incumplimiento total de la obligación de facturar

Multas económicas

A partir de la publicación de las nuevas disposiciones, la factura cambiaria de compraventa debe ser denominada como factura de venta, de lo contrario las empresas se deberán pagar el equivalente al 1% del valor de las facturas emitidas con el error.

Asimismo, esta sanción será aplicable por omitir la cantidad de retenedor del impuesto aplicado a las ventas en cuyo caso los empresarios deberán pagar la multa antes mencionada.

No obstante, de acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 7 del Decreto 2242 de 2015, se aplicarán las sanciones del artículo 651 del Estatuto Tributario las multas pueden alcanzar hasta el 5% defendiendo la infracción:

  • 5% Cuando no se suministre la información exigida.
  • 4% Cuando la información es errónea.
  • 3% Cuando la información se suministró de manera extemporánea.
De acuerdo con el Estatuto Tributario de la Nación, estas multas no deben superar 15 mil Unidades de Valor Tributario o UVT.

Los servicios de factura electrónica que te ofrece Facturaxion Colombia, realizan el envío automático a la DIAN de los documentos que expidas ¿Qué esperas? Registrate aquí.

Síguenos para mantenerte informado sobre la 
nueva factura electrónica en Colombia.


Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

Sanciones por incumplir la obligación de con la factura electrónica