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Colombia busca mayor inversión

 



La inversión extranjera en Colombia se está volviendo un caso bastante atractivo en el país, ya que se está aperturando económicamente nuevas vías para el emprendimiento.


Se analizaron las normas más importantes en materia tributaria, referentemente a lo fundamental del Gobierno Nacional, esto se está brindando para mejorar las condiciones de los inversionistas con el propósito de atraer capital extranjero a Colombia.   


De igual forma se estableció una  tarifa efectiva del impuesto de remesas que han pagado las sucursales extranjeras en Colombia desde  1993 al 2004, dicha base fue presentada en las declaraciones de renta de este tipo de contribuyente. En 1993 el indicador se ubicaba en el 7.3%, año que partió de la disminución puntal hasta ubicarse en el 0.5% en el 2000, con estos datos podemos asumir que el Gobierno de Colombia está apostando a un crecimiento exponencial en ese ámbito y referentemente a 4 tipos de inversión principalmente.  


Se pueden definir 4 tipos de inversión extranjera en Colombia los cuales son:


Aportes en especie: pueden hacerse en bienes tangibles e intangibles. En el primer caso (aporte de bienes tangibles), el aporte se hace a través de la importación no reembolsable de maquinaria, equipos u otros bienes físicos. 


 Aportes en dinero: se llevan a cabo a través de la importación de divisas que son convertidas en moneda nacional, ya sea para realizar un aporte directo al capital de una empresa


Capitalización de recursos en moneda nacional con derecho de giro al exterior: son aquellos montos que pueden transferirse al exterior, como los que se deban pagar por concepto de créditos externos, de importaciones reembolsables


Inversiones en sucursales constituidas en Colombia por personas jurídicas extranjeras: puede realizarse como inversión inicial al capital asignado a la sucursal o como inversión suplementaria al capital asignado de la misma.


Con esto por parte del  gobierno de Colombia se espera la evolución del flujo de capital extranjero al país y su aporte a la tributación nacional, en la perspectiva de proponer mejoras a la actual estructura tributaria que promueva la inversión, sin perder de vista los principios constitucionales en esta materia y se tenga en cuenta la armonización tributaria 

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

Colombia busca mayor inversión

DIAN da nuevas fechas para la administración de la información del RUB


Este cambio se expide con el propósito de contribuir en la lucha contra la corrupción, el lavado de activos, la financiación del terrorismo, la evasión fiscal, y en cumplimiento de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, está realizando para el mejor cumplimiento de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales -RUB-, en el caso de personas jurídicas, las fechas quedarán de la siguiente manera del 30 de septiembre de 2022, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

En relación con los plazos para suministrar la información en el RUB, la Resolución indica que las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas o creadas con anterioridad al 15 de enero de 2022, deberán suministrar la información a más tardar el 30 de septiembre de 2022; y que las constituidas o creadas a partir del 15 de enero de 2022, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la inscripción en el Registro Único Tributario - RUT o la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica - SIESPJ.


Mientras que la inscripción para las estructuras sin personería jurídica o similares creadas a partir del 30 de septiembre de 2022 deberán inscribirse a mas tardar dentro del mes siguiente a su creación. 


Por medio de la presente modificación que la DIAN presentó en el artículo 4 donde menciona que las personas jurídicas extranjeras hayan terminado la inversión en la República de Colombia se establecerá permanentemente sin personería jurídica o similares obligadas a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB de acuerdo con los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo.


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DIAN da nuevas fechas para la administración de la información del RUB

Consecuencias de no declarar criptomonedas en Colombia


La DIAN empezará a fiscalizar las transacciones que se realicen con criptomonedas y en caso de que algún ciudadano no lo haga, se le aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 239-1.


De acuerdo al estatuto, la sanción será equivalente al doscientos por ciento (200%) del mayor valor del impuesto a cargo determinado.


Los mineros también deben declarar sus operaciones de acuerdo a la firma de servicios de auditoría BDO Colombia, no solamente los contribuyentes interesados en cripto activos deben reconocer sus obligaciones fiduciarias.


Los mineros de criptomonedas, es decir, las personas que se dedican a crear monedas virtuales a través de máquinas o de un software, también están sujetos a generación de renta, debido a que por su trabajo reciben una comisión o retribución que la DIAN tiene detectadas.


Hasta el momento, las transacciones con criptomonedas en Colombia solo funcionan de manera controlada


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Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

Consecuencias de no declarar criptomonedas en Colombia