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Las fechas para declarar renta y pagar impuestos están listas.




El Gobierno de Colombia ha definido los lugares y los plazos para la presentación de las declaraciones tributarias administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN quienes deban pagar impuestos para el próximo año pueden encontrar en detalle las fechas y evitar sanciones.


La Dian presentó su calendario tributario 

Los plazos quedaron estimulados para que los colombianos puedan pagar a tiempo y quedar al día con la tributación.


IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO PARA CALIFICADOS COMO GRANDES CONTRIBUYENTES


Pago primera cuota: entre el 8 y el 21 de febrero de 2022

Presentación de declaración y pago segunda cuota: entre el 7 y el 22 de abril de 2022

Pago tercera cuota: entre el 7 y el 21 de junio de 2022

Las instituciones están obligadas a un anticipo el cual calculará la base del gravable del impuesto en dos cuotas:

Primera parte del  50 %: entre el 7 y el 22 de abril de 2022

Segunda parte del  50 %: entre el 7 y el 21 de junio de 2022


IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS – IVA


Las fechas y periodos son:


  • Enero y febrero: del 8 al 22 de marzo de 2022.
  • Marzo y abril: del 10 al 23 de mayo de 2022.
  • Mayo y junio: del 8 al 22 de julio de 2022.
  • Julio y agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022.
  • Septiembre y octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022.
  • Noviembre y diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023.


Los prestadores de servicios desde el exterior, independiente del último dígito del NIT:


  •  Enero y Febrero: 14 de marzo de 2022.


  •  Marzo y abril: 16 de mayo de 2022.


  • Mayo y junio: 14 de julio de 2022.

  •  Julio y agosto: 13 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y octubre: 16 de noviembre de 2022.


  • Noviembre y diciembre: 17 de enero de 2023.


Los períodos bimestrales y las fechas de vencimiento son:


  • Enero – Febrero: del 8 al 22 de marzo de 2022


  • Marzo – Abril: del 10 al 23 de mayo de 2022


  • Mayo – Junio: del 8 al 22 de julio de 2022


  • Julio – Agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022


  • Septiembre – Octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022


  • Noviembre – Diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023


Para quienes presten servicios en otros países, los períodos son diferentes:

  • Enero – Febrero: 14 de marzo de 2022
  • Marzo – Abril: 16 de mayo de 2022
  • Mayo – Junio: 14 de julio de 2022
  • Julio – Agosto: 13 de septiembre de 2022
  • Septiembre – Octubre: 16 de noviembre de 2022
  • Noviembre – Diciembre: 17 de enero de 2023


Lo consiguiente es el Impuesto sobre la renta y los complementarios ya que no representan ser grandes contribuyentes.


Las personas jurídicas, sociedades, asimiladas  y los contribuyentes del régimen tributario especial.


Presentación de declaración y pago de primera cuota: del 7 de abril al 6 de

mayo, teniendo presente los dos últimos dígitos del NIT.


Pago segunda cuota: del 8 al 22 de julio, teniendo en cuenta el último dígito

del NIT.



Importante que tenga en cuenta en este caso:


  • Las entidades del sector cooperativo del régimen tributario especial deberán tener en cuenta los plazos determinados para las personas jurídicas.


  • Sucursales y establecimientos permanentes de sociedades y entidades extranjeras y de personas naturales no residentes en el país (no grandes contribuyentes) que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos y extranjeros podrán presentar la declaración del impuesto y cancelar en una sola cuota hasta el 21 de octubre de 2022, cualquiera sea el último dígito del NIT.



DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS


9 de agosto y 19 de octubre, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.


Para residentes en el exterior aplican los mismos plazos y el pago (si corresponde) deberá ser en forma electrónica.



92.000 UVT, es decir $3.340'336.000, deberán presentar la declaración y pagar con una periodicidad cuatrimestral:


  • Enero y abril: Entre el 10 y el 23 de mayo de 2022.


  • Mayo y agosto: Entre el 7 y el 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y diciembre: Entre el 11 y el 24 de enero de 2023.


RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN – RST


  • Enero y febrero: del 10 al 23 de mayo de 2022.


  • Marzo y abril: del 6 al 17 de junio de 2022.


  • Mayo y junio: del 8 al 22 de julio de 2022.


  • Julio y agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022.


  • Noviembre y diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023.



RETENCIÓN EN LA FUENTE


  • Enero: entre el 8 y el 21 de febrero de 2022.


  • Febrero: entre el 8 y el 22 de marzo de 2022.


  • Marzo: entre el 7 y el 22 de abril de 2022.


  • Abril: entre el 10 y el 23 de mayo de 2022.


  • Mayo: entre el 7 y el 21 de junio de 2022.


  • Junio: entre el 8 y el 22 de julio de 2022.


  • Julio: entre el 9 y el 23 de agosto de 2022.


  • Agosto: entre el 7 y el 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre: entre el 7 y el 21 de octubre de 2022.


  • Octubre: entre el 9 y el 23 de noviembre de 2022.


  • Noviembre: entre el 12 y el 23 de diciembre de 2022.


  • Diciembre: entre el 11 y el 24 de enero de 2023.


  • Enero: hasta el 24 de febrero de 2022.


  • Febrero: hasta el 25 de marzo de 2022.


  • Marzo: hasta el 26 de abril de 2022.


  • Abril: hasta el 25 de mayo de 2022.


  • Mayo: hasta el 24 de junio de 2022.


  • Junio: hasta el 26 de julio de 2022..


  • Julio: hasta el 26 de agosto de 2022.


  • Agosto: hasta el 23 de septiembre de 2022.


  • Septiembre: hasta el 25 de octubre de 2022.


  • Octubre: hasta el 25 de noviembre de 2022.


  • Noviembre: hasta el 27 de diciembre de 2022.


  • Diciembre: hasta el 26 de enero de 2023.


IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA


  • 1 de enero de 2022 podrán declarar, liquidar y pagar el impuesto complementario de normalización hasta el 28 de febrero de 2022


IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO


  • Enero y febrero: del 8 al 22 de marzo de 2022.


  • Marzo y abril: del 10 al 23 de mayo de 2022.


  • Mayo y junio: del 8 al 22 de julio de 2022.


  • Julio y agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022.


  • Noviembre y diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023.


DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR


  • Aplica cuando el valor patrimonial de los activos del exterior, aL 1 de enero de 2022

 

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

Las fechas para declarar renta y pagar impuestos están listas.

La UVT y su pronóstico para este 2022

 




Para poner un poco en contexto para que sirve la UVT tenemos que entender qué es y para qué funciona. 


La Unidad de Valor Tributario mejor abreviada como UVT nos sirve como una cifra muy importante para saber cómo se encuentra la economía del país. 


La Unidad de Valor Tributario es una herramienta que se creó en el 2006 a través de la Ley 1111 de 2006 que modificó el Estatuto Tributario de Colombia.


Este valor estandariza y homologa diferentes valores tributarios, esto lo hace calculando el monto de las responsabilidades estatales en Colombia, como lo son los pagos fiscales y tributarios.


Entendiendo dicho concepto este nuevo año 2022 la DIAN informó que este valor quedó en $38.004 para el próximo año, por lo que se registró un incremento de 4,67 % en comparación con el año 2021.


Vale la pena recordar que, durante 2021, el UVT es de $36.308 y cada año es modificado.


Si deseas conocer esta información más detallada te compartimos la resolución donde establece la DIAN el valor a dicha unidad para este próximo año.

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

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