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¿Qué es Resolución Anticipada ?

 




Es una herramienta de facilitación del comercio disponible para los usuarios aduaneros contemplada en el artículo 5.10 del Acuerdo de Promoción Comercial (APC) entre Colombia y Estados Unidos. Se trata de una decisión oficial y vinculante emitida por la autoridad aduanera competente, por escrito y con anterioridad a una operación aduanera de importación o exportación. 

Hasta que se implementen los servicios informáticos electrónicos para el trámite de las Resoluciones Anticipadas, el usuario podrá presentar físicamente la solicitud en el formato que disponga la DIAN en su página web, acompañada de los documentos anexos correspondientes y ante la dependencia competente.


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que las solicitudes de Resoluciones anticipadas y a Petición de cualquier interesado en materia de clasificación arancelaria, valoración aduanera y origen, deben ser tramitadas a través del sistema informático (Sistema de Resoluciones Anticipadas y de Clasificación Arancelaria) dispuesto por la Entidad para tal fin en su página web.

La ruta de acceso para la realización de dicho trámite es la siguiente: www.dian.gov.co => Aduanas => Aspectos técnicos de las mercancías =>



¿Cómo solicitar una Resolución Anticipada?


●Presentar la solicitud en el formato establecido (un formato por solicitud) 

●Nombres y apellidos completos del titular de la resolución, y su representante o apoderado, sí aplica. 

● Objeto de la petición 

● Documentos que justifiquen la solicitud (en idioma español o con traducción oficial) 

● Firma del peticionario 

● Comprobante original de pago o su equivalente

●No se debe adjuntar muestra. La muestra sólo se deberá enviar sí es requerida por la Administración.



Puedes realizar el proceso en la siguiente dirección de la DIAN: https://www.dian.gov.co/aduanas/aspectecmercancias/Paginas/SisResoAnticipada.aspx

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

¿Qué es Resolución Anticipada ?

Evolución de la factura electrónica en Colombia.



 

Ya en 1995 el gobierno le otorgó la misma validez que a la factura en papel, siendo de los primeros países de Latinoamérica en hacerlo. ... Es por todo ello, que la factura electrónica en Colombia está en constante evolución y es el principal impulsor de la transformación digital del sistema tributario del país.


La factura electrónica, es un equivalente funcional a una factura en papel y avala la compra-venta de un bien o el préstamo de un servicio, que le permite al contribuyente comprobar sus ingresos y egresos.


Además, es una solución ideal para facilitar el manejo de las facturas dentro de una empresa, ya que por medio de ésta tecnología pueden emitir y guardar documentos de forma digital aportando nuevas condiciones de seguridad que mejoran el proceso basado en el intercambio de documentos físicos.


Una factura es el justificante fiscal de la entrega de un producto o de la provisión de un servicio, que afecta al obligado tributario emisor (el vendedor) y al obligado tributario receptor (el comprador). Tradicionalmente, es un documento en papel, cuyo original debe ser archivado por el receptor de la factura. Habitualmente el emisor de la factura conserva una copia o la matriz en la que se registra su emisión.

La factura electrónica es el equivalente digital y evolución lógica de la tradicional factura en papel. A diferencia de esta, se emplean soportes informáticos para su almacenamiento en lugar de un soporte físico como es el papel.


Una factura electrónica se construye en 2 fases:


Se crea la factura tal y como se ha hecho siempre y se almacena en un fichero de datos.

Posteriormente se procede a su firma con un certificado digital o electrónico propiedad del emisor que cifra el contenido de factura y añade el sello digital a la misma.


Una factura Electrónica nos garantiza:


Que la persona física o jurídica que firmó la factura es quien dice ser (autenticidad)

Que el contenido de la factura no ha sido alterado (integridad).


Validez


El uso de la factura electrónica en Colombia tiene validez legal desde que, en 1995 la DIAN publicara la Ley 223. Sin embargo, no fue hasta 2016, cuando comenzó el proceso de masificación y obligatoriedad, a través de la publicación de la Ley 1819. Con ello, se materializaba la obligatoriedad de uso de la e-factura en Colombia y se indicaba la futura publicación del calendario de obligados.


Desde el pasado 1 de enero del 2020, las empresas colombianas deberán reducir de forma gradual el porcentaje de emisión de facturas en papel. En esa fecha entró en vigor la nueva normativa de la DIAN, que cifra en el 30% el máximo de facturas en formato no electrónico que podrían emitir las empresas en 2020.


La nueva norma se enmarca en el programa de implantación general de la Factura Electrónica impulsado por la DIAN con un doble objetivo: mejorar la recaudación fiscal, evitando el fraude, y mejorar la gestión de las empresas y, con ella, impulsar el crecimiento de la economía colombiana.


La DIAN reducirá progresivamente este porcentaje de facturas en papel. Así, en 2021 las empresas sólo podrán facturar no electrónicamente el 20% de sus facturas y, en 2022 el porcentaje se reducirá al 10%. De esta forma, las empresas colombianas podrán tener un control más efectivo de su facturación.

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

Evolución de la factura electrónica en Colombia.

DIAN recuerda a ciudadanía en general que el Registro Único Tributario (RUT) no tiene vigencia



El artículo del Decreto 1625 del 2016 (decreto único reglamentario del sector Hacienda) que señala este tema es el siguiente:

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) recordó a los contribuyentes y a la ciudadanía en general que el registro único tributario (RUT) no tiene vigencia y, en consecuencia, si el contribuyente no tiene ninguna actualización que hacer a este documento no se debe exigir su renovación. 

Es importante que quién solicite el RUT tenga en cuenta que, si una persona se inscribió en el año 2015 y su información no ha cambiado, entonces su RUT sigue vigente.

A continuación, se referencia el artículo del Decreto 1625 de 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda), donde se señala este tema en particular:


ARTÍCULO 1.6.1.2.7. Inscripción en el Registro Único Tributario (RUT). Es el proceso por el cual las personas naturales, jurídicas y demás sujetos de obligaciones administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), obligados a inscribirse, se incorporan en el Registro Único Tributario (RUT), con el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el presente capítulo.


Estos pasos podrán servirte para que agilices tu proceso:

1. Ingresa a la página web www.dian.gov.co.

2. En la sección "Transaccional" haz clic en la opción "Usuarios registrados".

3. Escribe tus datos de acceso y haz clic en "Ingresar".

4. Selecciona la opción "Actualización RUT" y en la ventana emergente haz clic en "Continuar".

5. Selecciona la hoja que deseas actualizar y haz clic en el botón "Cargar documento". En este caso debes seleccionar la hoja número 2.

6. Ubica la sección "Estado y beneficio" y en la columna "Estado actual" haz doble clic en una de las casillas disponibles. Al desplegar la pestaña "Ayuda" haz clic sobre ella y luego haz clic en "Elija un valor para Estado de la Empresa o persona".

7. En la ventana emergente selecciona el valor 74.

8. En la columna "Fecha de cambio de estado" haz doble clic en la casilla disponible y selecciona la fecha en la que empezaste a facturar de forma electrónica con Alegra.

9. En el campo "Número de identificación tributaria" debes ingresar el NIT de Alegra 900559088. 

10. Haz clic en el botón "Borrador" que está ubicado al final de la ventana. 

11. Cierra la ventana emergente y haz clic en el botón "Firmar".


12. Para finalizar debes solicitar e ingresar la clave dinámica junto con la contraseña y haz clic en el botón "Firmar".


Importante: la DIAN enviará la clave dinámica al correo inscrito en el RUT. 

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

DIAN recuerda a ciudadanía en general que el Registro Único Tributario (RUT) no tiene vigencia