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Convocatoria del programa de apoyo de la DIAN para este 2022.




El fondo DIAN para Colombia-FDC ha generado el préstamo BID 5148/OC-CO con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, por un monto de US$250.000.000 (Doscientos Cincuenta millones de dólares americanos).


Estos recursos están dirigidos a financiar el Programa "Apoyo a la Modernización de la DIAN", el cual será ejecutado por el FDC en un periodo de cinco años. 


El objetivo principal del Programa es mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión tributaria y aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). 


Los objetivos específicos de la primera operación del Programa son: 


Mejorar el modelo de gobernanza institucional que contribuya a la eficacia de la gestión tributaria y aduanera; y mejorar la eficiencia de la gestión tecnológica.


El organismo ejecutor del Programa será la DIAN y el Programa comprende los siguientes componentes:


Componente 1. Organización Institucional y Recursos Humanos


Componente 2. Control y cumplimiento tributario y aduanero


Componente 3. Plataforma Tecnológica, datos y seguridad de la información.


Las adquisiciones del Programa seguirán los procedimientos establecidos en las Políticas para Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BID GN2350-15 y Políticas para la Adquisición de bienes y obras GN2349-15 de mayo de 2019.


Aquellos interesados en obtener mayor información deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: adquisiciones@fondodian.gov.co


Ver documento aquí: 

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

Convocatoria del programa de apoyo de la DIAN para este 2022.

La DIAN emite en el formato de servicios de clasificación arancelaria en UVT en su estructura de pagos y no en salarios mínimos.



La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió la Resolución No. 000168 el 31 de diciembre de 2021, la cual establece los costos de los servicios de clasificación arancelaria, resoluciones anticipadas y ajustes de valor permanente.

Los costos de estos servicios, a partir del 1 de enero de 2022, se establecen en términos de Unidades de Valor Tributario (UVT) y no como en el pasado, que se instauraron en su equivalencia a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).


La Resolución 000168 del 31 de diciembre de 2021, que modifica la resolución 46 de 2019, señala que:


  • La verificación y/o análisis de la solicitud para la expedición de la resolución anticipada tendrá un valor equivalente a catorce (14) unidades de valor tributario (UVT), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cuando se trate de la expedición de una resolución anticipada de clasificación arancelaria de una unidad funcional, el valor será de veintiocho (28) unidades de valor tributario (UVT), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El valor resultante en cada caso deberá aproximarse al múltiplo de mil (1.000) más cercano. 


  • La verificación y/o  análisis de la solicitud para la expedición de la resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado tendrá un valor equivalente a catorce (14) unidades de valor tributario (UVT), incluido el  Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cuando se trate de la expedición de una resolución de clasificación arancelaria de una unidad funcional, el valor será de veintiocho (28) unidades de valor tributario (UVT) incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El valor resultante en cada caso deberá aproximarse al múltiplo de mil (1.000) más cercano.


Con la emisión de esta información La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá establecer costos en los servicios de clasificación arancelaria, con esto se podrá tener una resolución ante unidades como la UVT y el IVA.


Enlace completo de la resolución


 

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

La DIAN emite en el formato de servicios de clasificación arancelaria en UVT en su estructura de pagos y no en salarios mínimos.

¿Sanciones si no presentas la nómina electrónica de tu empresa?


La implementación de la nómina electrónica supone un cambio en los sistemas de facturación de las compañías, las empresas en Colombia están tratando de adaptarse a los cambios que conlleva la DIAN y lo han venido haciendo durante todo el 2021 el cual fue un verdadero reto para todos, a lo cual este nuevo inicio de año se ha venido manifestando una serie de nuevos proyectos útiles para la mejor adaptación de sistemas los cuales servirán para cada uno de los contribuyentes.


Un ejemplo muy directo es la Nómina Electrónica y los manejos que se les está dando ya que  puede variar el tipo de empresas que se pueden manejar en Colombia, las empresas de 1 y 10 empleadores tendrán el derecho de presentar las nóminas electrónicas de diciembre a febrero antes del 10 de marzo 2022.


Los contribuyentes que no cumplan con la obligación de generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina electrónica, que lo realice con errores o de forma extemporánea, se exponen a ser sancionados con las disposiciones legales que se encuentran en el Artículo 651 del ET.

https://estatuto.co/?e=380



Esto podría realizar la primera transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento derivado de los pagos o abonos en cuenta relacionados con la nómina, correspondientes a los meses de diciembre 2021, enero y febrero 2022, de forma independiente.


Pese a que no está previsto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por medio del proyecto de resolución ha establecido un plazo especial para la primera transmisión de documentos. 


Esta transición vendrá con la posibilidad de mejoras en los buenos usos de la nómina, ayudará a las empresas a que sea más fácil y rápido el manejo de la misma.    


Multas que puedes tener durante la operación de tu nómina electrónica.


Existen diferentes tipos de casos los cuales atraerán las siguientes multas que puedes tener durante la operación de tu nómina electrónica.

Esta multa no puede superar las 15.000 UVT y se fijarán en el caso que se presenten los siguientes criterios.

  • Puedes tener una multa del 5% de la suma de tu nómina electrónica si no suministras la información exigida.
  • Si suministras información errónea y no la corriges dentro de los plazos la multa que debes pagar es del 4% de la suma total de tu nómina electrónica.
  • También puedes tener una multa del 3% de la suma total de tu nómina electrónica si suministras tu información de forma extemporánea.

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

¿Sanciones si no presentas la nómina electrónica de tu empresa?