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Núcleos de Apoyo Fiscal NAF y de la cámara de comercio de Girardot


Los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF), conformados en el marco de los convenios firmados entre la DIAN y las universidades San Buenaventura y Libre de Cali.

Los emprendedores, pequeños comerciantes y contribuyentes de baja renta, contarán con dos espacios de orientación fiscal y tributaria caracterizados por el acompañamiento personalizado en la utilización de los servicios en línea de la DIAN. 

Esta unión de esfuerzos entre los sectores público y privado, además de fomentar y fortalecer la cultura de la contribución en la capital del Valle del Cauca y los municipios aledaños, se convierte en una oportunidad para los estudiantes de últimos semestres de los programas de Contaduría Pública

Los servicios de orientación a los que puede acceder la ciudadanía en los NAF son:  

  • Orientación sobre el uso de los servicios en línea del Portal DIAN  Acompañamiento y orientación en trámites de Inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario  

  • Orientación en actividades económicas y responsabilidades  

  • Acompañamiento y orientación en el diligenciamiento de declaraciones de renta de personas naturales  

  • Orientación tributaria para sucesiones ilíquidas  

  • Orientación básica sobre el trámite de facturación  Orientación en responsabilidades sobre el impuesto al consumo

Vale la pena recordar, que los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal - NAF- son una iniciativa de responsabilidad social diseñada e implementada por la Receita Federal, administración tributaria de Colombia 

Ver más sobre el tema:

Publicadas por Nueva factura electronica en Colombia

Núcleos de Apoyo Fiscal NAF y de la cámara de comercio de Girardot

Se genera un sistema simple y sencillo con el RST de la DIAN.



La DIAN ha puesto en marcha una forma simple y sencilla de tributación, el Régimen Simple de Tributación (RST), es un nuevo régimen busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes especialmente de aquellos que están en la informalidad, a quienes les permitirá gozar de todos los beneficios que ofrece formalizarse, no solo porque verán reducida ostensiblemente la carga impositiva y los costos de cumplimiento de la obligación tributaria, sino también porque mejorarán sus condiciones de competitividad en el mercado


¿Cuál es su objetivo?


Es un régimen opcional que tiene como finalidad reducir las cargas formales y sustanciales de los contribuyentes, impulsar la formalidad y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. 


¿Conoces sus beneficios?


Mejora el Flujo de Caja del contribuyente.


Los contribuyentes no están sujetos a Retenciones en la Fuente a título de Renta ni a título de ICA. Tampoco están obligados a practicar retenciones a título de Renta (salvo las laborales), ni a título de ICA. Los contribuyentes del SIMPLE sí están sujetos a las reglas de retención del IVA. 


Reducción de costos de cumplimiento tributario.

Con una sola declaración anual se cumple con el deber formal de declarar los siguientes impuestos:

  • Renta (Simple).

  • Impuesto Nacional al Consumo para el expendio de comidas y bebidas

  • No genera cargas administrativas adicionales relacionadas con el sistema de retenciones en la fuente.

  • Se declara y paga por medios electrónicos. 

  • No es complejo normativamente pues el procedimiento de liquidación es igual para personas naturales o jurídicas, no tiene regímenes excepcionales de determinación, tampoco exenciones, ni tratamientos preferenciales.


 Reducción de costos de contratación de empleados:

  • Los pagos que el empresario realice por concepto de aportes de pensiones de sus trabajadores, se descuentan del impuesto o anticipo a pagar del RST. Este descuento no afecta los recursos municipales o distritales.

Incentiva la bancarización:

  • El 0.5% de los pagos recibidos por el empresario a través de tarjetas débito o crédito u otros mecanismos de pagos electrónicos, se descuentan del impuesto a pagar del RST. Este descuento no afecta los recursos municipales o distritales.



Si lo requieres, actualmente cuentas con la posibilidad de presentar la Declaración Fracción año 2021.


Si ya cuentas con RUT y quieres formar parte del  régimen simple de tributación (RST), puedes gozar de todos sus beneficios a partir de 2022, puedes pasarte entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2022.

 

 

Te compartimos los pasos a seguir en el siguiente link:

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Se genera un sistema simple y sencillo con el RST de la DIAN.

Paso a paso para que participe en los remates virtuales




La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) cuenta con una página web en la cual se subastan los bienes que han resultado de los procesos de cobro coactivo.


El cobro coactivo es un procedimiento mediante el cual las entidades públicas recaudan las deudas a su favor, en el caso de la Dian


Se ha creado este espacio para facilitar la participación en los remates virtuales programados en el proceso administrativo de cobro coactivo.


Requisitos para participar


  • Constituir un depósito judicial en el Banco Agrario de Colombia por el 40% del avalúo del bien.


  • Realizar una oferta dentro de los 5 días antes a la fecha programada para la audiencia del remate o, en la primera hora de apertura de la audiencia. Por un valor no inferior al 70% del avalúo del bien, adjuntando el depósito previamente constituido.


  • La oferta será irrevocable.  


Sí cumple con estas condiciones podrá participar de los remates. Eso sí, la oferta es irrevocable y debe realizarse cinco días antes de la fecha de la audiencia por un valor igual o superior al 70 % del avalúo del bien de su interés. Además, debe contar con un depósito judicial en el Banco Agrario por el 40 % del bien.


Mas información aquí : 

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Paso a paso para que participe en los remates virtuales

DIAN y DANE firman acuerdo de acceso a información tributaria y aduanera


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), suscribieron un acuerdo de cooperación interinstitucional de entrega de información tributaria que permitirá al DANE contar con más y mejores insumos para cumplir con los objetivos y funciones de la producción de estadísticas oficiales.


De esta forma, el país acoge los requerimientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos –OCDE relativos al proyecto de Distribución del ingreso disponible de los hogares y da cumplimiento a los compromisos establecidos en el documento CONPES 3956 de 2019 "Política de Formalización Empresarial", con relación a la elaboración del Índice multidimensionalidad de formalidad.


El acuerdo se fundamenta en la excepción a la reserva legal de la información tributaria establecida en el párrafo 1 del del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 155 de la Ley 1955 de 2019, precisando que el levantamiento de la reserva se predica exclusivamente respecto del DANE.


Es así como el trabajo articulado de las dos entidades ha permitido robustecer los datos de comercio exterior.


El DANE deberá guardar confidencialidad respecto del tratamiento de los datos personales y adoptar, entre otras, medidas de naturaleza técnica, humana o administrativa que sean necesarias para otorgar seguridad a la información entregada por la DIAN, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento en cumplimiento de las Leyes 79 de 1993 y 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios.


Ver comunicado

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DIAN y DANE firman acuerdo de acceso a información tributaria y aduanera