Las fechas para declarar renta y pagar impuestos están listas.




El Gobierno de Colombia ha definido los lugares y los plazos para la presentación de las declaraciones tributarias administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN quienes deban pagar impuestos para el próximo año pueden encontrar en detalle las fechas y evitar sanciones.


La Dian presentó su calendario tributario 

Los plazos quedaron estimulados para que los colombianos puedan pagar a tiempo y quedar al día con la tributación.


IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO PARA CALIFICADOS COMO GRANDES CONTRIBUYENTES


Pago primera cuota: entre el 8 y el 21 de febrero de 2022

Presentación de declaración y pago segunda cuota: entre el 7 y el 22 de abril de 2022

Pago tercera cuota: entre el 7 y el 21 de junio de 2022

Las instituciones están obligadas a un anticipo el cual calculará la base del gravable del impuesto en dos cuotas:

Primera parte del  50 %: entre el 7 y el 22 de abril de 2022

Segunda parte del  50 %: entre el 7 y el 21 de junio de 2022


IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS – IVA


Las fechas y periodos son:


  • Enero y febrero: del 8 al 22 de marzo de 2022.
  • Marzo y abril: del 10 al 23 de mayo de 2022.
  • Mayo y junio: del 8 al 22 de julio de 2022.
  • Julio y agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022.
  • Septiembre y octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022.
  • Noviembre y diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023.


Los prestadores de servicios desde el exterior, independiente del último dígito del NIT:


  •  Enero y Febrero: 14 de marzo de 2022.


  •  Marzo y abril: 16 de mayo de 2022.


  • Mayo y junio: 14 de julio de 2022.

  •  Julio y agosto: 13 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y octubre: 16 de noviembre de 2022.


  • Noviembre y diciembre: 17 de enero de 2023.


Los períodos bimestrales y las fechas de vencimiento son:


  • Enero – Febrero: del 8 al 22 de marzo de 2022


  • Marzo – Abril: del 10 al 23 de mayo de 2022


  • Mayo – Junio: del 8 al 22 de julio de 2022


  • Julio – Agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022


  • Septiembre – Octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022


  • Noviembre – Diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023


Para quienes presten servicios en otros países, los períodos son diferentes:

  • Enero – Febrero: 14 de marzo de 2022
  • Marzo – Abril: 16 de mayo de 2022
  • Mayo – Junio: 14 de julio de 2022
  • Julio – Agosto: 13 de septiembre de 2022
  • Septiembre – Octubre: 16 de noviembre de 2022
  • Noviembre – Diciembre: 17 de enero de 2023


Lo consiguiente es el Impuesto sobre la renta y los complementarios ya que no representan ser grandes contribuyentes.


Las personas jurídicas, sociedades, asimiladas  y los contribuyentes del régimen tributario especial.


Presentación de declaración y pago de primera cuota: del 7 de abril al 6 de

mayo, teniendo presente los dos últimos dígitos del NIT.


Pago segunda cuota: del 8 al 22 de julio, teniendo en cuenta el último dígito

del NIT.



Importante que tenga en cuenta en este caso:


  • Las entidades del sector cooperativo del régimen tributario especial deberán tener en cuenta los plazos determinados para las personas jurídicas.


  • Sucursales y establecimientos permanentes de sociedades y entidades extranjeras y de personas naturales no residentes en el país (no grandes contribuyentes) que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos y extranjeros podrán presentar la declaración del impuesto y cancelar en una sola cuota hasta el 21 de octubre de 2022, cualquiera sea el último dígito del NIT.



DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS


9 de agosto y 19 de octubre, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.


Para residentes en el exterior aplican los mismos plazos y el pago (si corresponde) deberá ser en forma electrónica.



92.000 UVT, es decir $3.340'336.000, deberán presentar la declaración y pagar con una periodicidad cuatrimestral:


  • Enero y abril: Entre el 10 y el 23 de mayo de 2022.


  • Mayo y agosto: Entre el 7 y el 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y diciembre: Entre el 11 y el 24 de enero de 2023.


RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN – RST


  • Enero y febrero: del 10 al 23 de mayo de 2022.


  • Marzo y abril: del 6 al 17 de junio de 2022.


  • Mayo y junio: del 8 al 22 de julio de 2022.


  • Julio y agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022.


  • Noviembre y diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023.



RETENCIÓN EN LA FUENTE


  • Enero: entre el 8 y el 21 de febrero de 2022.


  • Febrero: entre el 8 y el 22 de marzo de 2022.


  • Marzo: entre el 7 y el 22 de abril de 2022.


  • Abril: entre el 10 y el 23 de mayo de 2022.


  • Mayo: entre el 7 y el 21 de junio de 2022.


  • Junio: entre el 8 y el 22 de julio de 2022.


  • Julio: entre el 9 y el 23 de agosto de 2022.


  • Agosto: entre el 7 y el 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre: entre el 7 y el 21 de octubre de 2022.


  • Octubre: entre el 9 y el 23 de noviembre de 2022.


  • Noviembre: entre el 12 y el 23 de diciembre de 2022.


  • Diciembre: entre el 11 y el 24 de enero de 2023.


  • Enero: hasta el 24 de febrero de 2022.


  • Febrero: hasta el 25 de marzo de 2022.


  • Marzo: hasta el 26 de abril de 2022.


  • Abril: hasta el 25 de mayo de 2022.


  • Mayo: hasta el 24 de junio de 2022.


  • Junio: hasta el 26 de julio de 2022..


  • Julio: hasta el 26 de agosto de 2022.


  • Agosto: hasta el 23 de septiembre de 2022.


  • Septiembre: hasta el 25 de octubre de 2022.


  • Octubre: hasta el 25 de noviembre de 2022.


  • Noviembre: hasta el 27 de diciembre de 2022.


  • Diciembre: hasta el 26 de enero de 2023.


IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA


  • 1 de enero de 2022 podrán declarar, liquidar y pagar el impuesto complementario de normalización hasta el 28 de febrero de 2022


IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO


  • Enero y febrero: del 8 al 22 de marzo de 2022.


  • Marzo y abril: del 10 al 23 de mayo de 2022.


  • Mayo y junio: del 8 al 22 de julio de 2022.


  • Julio y agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2022.


  • Septiembre y octubre: del 9 al 23 de noviembre de 2022.


  • Noviembre y diciembre: del 11 al 24 de enero de 2023.


DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR


  • Aplica cuando el valor patrimonial de los activos del exterior, aL 1 de enero de 2022

 

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